PAGO DE LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO; ERTE
Durante el periodo de vigencia del ERTE de fuerza mayor y del ERTE de causas organizativas, las personas trabajadoras afectados por los mismos durante algún periodo tendrán dos pagadores (SEAT y SEPE), y recibirán anticipos y posteriores regularizaciones.
Hay que tener en cuenta que el SEPE (Servicio de Empleo Público Estatal), realiza el ingreso por la prestación del desempleo con dos meses de demora y siempre el día 10 de cada mes (ejemplo; lo correspondiente al mes de marzo se cobraría el 10 de mayo).
La prestación de desempleo está relacionada con la situación familiar de las personas; (1.098,09 €/mes sin hijos a su cargo; 1.254,96 €/mes con 1 hijo y 1.411,83 €/mes con 2 o más).
El Plan Social acordado por CCOO y UGT en los dos ERTE, entre otros aspectos garantiza el cobro íntegro de las 4 pagas extras que se cobrarán en las fechas que establece el convenio colectivo. Recoge además un complemento salarial que mejora la prestación de desempleo hasta un máximo del 90% del salario neto de cada trabajador/a afectada.
A petición de CCOO y UGT y para evitar que la demora en el pago del SEPE de la prestación de desempleo afecte a la plantilla, SEAT abonará de forma anticipada dicho pago en cada mes afectado de ERTE, regularizándolo posteriormente.
En el mes de marzo en el ingreso que efectuó SEAT el día 30, se abonó diferentes conceptos:
- abono salario y pluses de los días de trabajo efectivo (del 1 al 15 de marzo)
- anticipo del pago del desempleo (del 16 al 31 de marzo)
- Complemento del desempleo (plan social)
- El 15 abril realiza como siempre la correspondiente liquidación
El 10 de mayo el SEPE abonará a la plantilla la prestación de desempleo correspondiente al periodo de ERTE del 16 al 31 de marzo.
- El SEPE como medida excepcional durante el estado de alarma, para pagar el desempleo solo ha tenido en cuenta la información que tenía de hijos a su cuenta, no actualizándola para no retrasar el pago del desempleo a los trabajadores/as afectados
- Posteriormente regularizaran de oficio las cantidades que correspondan por hijos y que no se hayan abonado, sin que las personas afectadas tengan que realizar ninguna reclamación.
En la posterior nómina que SEAT aboné (28 de mayo) SEAT regularizará, descontando lo que anticipó el 30 marzo como prestación de desempleo por el periodo del (16-31 de marzo)
Hay que tener presente mientras dure el ERTE, que cada mes que un trabajador/a esté afectada/o se repetirá el mismo ciclo durante los dos meses siguientes (ejemplo marzo):
- SEAT anticipa la prestación del desempleo en la nómina del mes afectado (30 marzo)
- 2 meses después, el SEPE abona el desempleo el día 10 de dicho mes (10 de mayo)
- A final del mes en el que SEPE pague, SEAT descuenta lo que anticipó (28 mayo)44
Ante cualquier duda contacta con tu delegada o delegado de CCOO
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