ASSEMBLEA OBRERA (2020-02-12)
JORNADA INDUSTRIAL
Hoy nos hemos reunido el Secretariado de SEAT Barcelona para acordar y hacer el sorteo de 5 días de Jornada Industrial para la Mano de Obra, quedando de la siguiente manera:
El personal de MO disfrutará de un periodo de 5 días de JI, tanto en la sección 246 y la 230 como el área de logística adscritas a esas dependencias, durante el primer semestre y en 17 bloques.
- El primer bloque de JI será en la semana 9 (del 24 al 28 de febrero) y el último en la semana 26 (del 22 al 30 de junio), ambas inclusive.
- La comunicación a la plantilla de los bloques será entre el viernes 14 y el lunes 17 de febrero, quedando cerca de una semana por medio hasta que se inicie el primer bloque de descanso.
- Los periodos se podrán cambiar entre los/as trabajadores/as por acuerdo con la jefatura, siempre que las circunstancias de la producción lo permitan.
- La afectación diaria de la JI será de 34 personas/día (23 en prensas y 11 en chapistería).
- El disfrute parcial de la JI generará una necesidad de plantilla de 30 personas: 4 trabajadores que faltan por venir de Componentes en febrero y 26 de ETT (con lo que alcanzaríamos el tope del 15% de contratación eventual que se permite de forma extraordinaria).
CCOO valoramos muy positivamente el sorteo parcial de 5 días de JI para MO en el primer semestre en SEAT BCN, ya que crea empleo y facilita el descanso de la plantilla. Así mismo, ponemos en valor la normalización del disfrute de la Jornada Industrial dentro de cada año, del que nuestro centro fue pionero y que después fue introducido en el 19 Convenio Colectivo a propuesta de Comisiones Obreras.
FACTOR K
Todo el Comité de Empresa de forma unánime nos hemos opuesto al recorte que pretendía imponer la Empresa para no pagar el factor K a la plantilla que proviene de otros centros de SEAT. CCOO y toda la representación social, entendemos que es una interpretación unilateral de la Empresa, que se salta el convenio y es discriminatoria con los/as compañeros/as trasladados de otros centros.
Como ya hemos situado anteriormente, no entendemos porque la Empresa ha cambiado el criterio de aplicación y ha empezado a no pagar de forma unilateral el factor K, así como hace unos meses retirar el plus de turnicidad, a varios compañeros y compañeras.
El factor K está vinculado a la peligrosidad de los puestos de trabajo, no al centro de origen de la plantilla. Según el artículo 20 del Convenio Colectivo, quien tiene que fijar quién y qué nivel de factor K se debe percibir son “los servicios técnicos de la empresa y las comisiones de clasificación profesional”.
Finalmente hemos llegado a un acuerdo para que se cumpla el 19 Convenio Colectivo, donde la empresa se compromete a abonar el factor K a todo el personal trasladado, con efectos de la fecha de incorporación a nuestro centro de trabajo, de igual manera que los percibimos los trabajadores de BCN.
www.seat.ccoo.cat twitter@CCOOSeat app:CCOOSeat Barcelona, febrero 2020